El renting flexible ofrece múltiples ventajas para empresas y autónomos. Además de todos los servicios que ofrece el renting de Alquiber (disponibilidad inmediata, cambio, aplicación o cancelación sin costes, asistencia 24 horas, atención personalizada, etc.), supone el control y ahorro de costes al tratarse de una cuota mensual fija en la que se contemplan los mantenimientos, reparaciones y gestiones pertinentes. Pero no nos podemos olvidar de las ventajas fiscales.
Ventajas fiscales del renting de vehículos
Deducción en el Impuesto de Sociedad o el IRPF
La cuota mensual del renting puede llegar a ser 100% deducible en el Impuesto de Sociedad o IRPF, para empresas o autónomos respectivamente, debido a que se considera un gasto del negocio. Eso sí, se deben cumplir las especificaciones legales vigentes.
Para deducir el 100% de la cuota, es necesario demostrar que este gasto es necesario para el desarrollo de su actividad y que cumple con el resto de requisitos exigidos, como disponer de factura, imputación temporal, contabilización y correlación con los ingresos.
Deducción en el IVA
El IVA que acarrea la cuota mensual también es 100% deducible. Para ello, la Agencia Tributaria pedirá pruebas de que este vehículo está dedicado a la actividad empresarial. Algunas de las consideraciones para este caso es el tipo de vehículo, si permanece en la empresa en días no laborales y vacaciones, si está rotulado con el logo de la empresa, etc. En caso de duda, la deducción será como mínimo de un 50%.
Por lo tanto, al contratar tu flota de empresa en modalidad de renting flexible, puedes disponer de la liquidez de tu negocio para lo que de verdad importa: tu empresa. También contamos con un articulo completo deduccion renting para autonomos.
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