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Todo lo que tienes que saber sobre Madrid Central

Madrid Central se ha convertido en un tema recurrente en la conversación cotidiana, especialmente entre quienes transitan a menudo por el centro de la capital. Esta zona de bajas emisiones busca reducir la contaminación y promover un modelo de ciudad más sostenible. Si bien muchas personas están al tanto de su existencia, surgen dudas acerca de las restricciones y excepciones que implica. Responderemos a las preguntas más frecuentes sobre Madrid Central y su funcionamiento.

¿Qué es Madrid Central?

Madrid Central es una zona delimitada por un perímetro que abarca prácticamente todo el distrito Centro de Madrid. Esta área incluye los barrios de Palacio, Embajadores, Cortes, Justicia, Universidad y Sol, con el fin de reducir la contaminación y promover la movilidad sostenible. Las anteriores zonas de prioridad residencial, como la de los barrios mencionados, ahora forman parte de esta área, que coincide con el primer cinturón de circulación de Madrid: el de las rondas y bulevares, lo que facilita su identificación.

Una de las principales características de Madrid Central es que en esta zona únicamente podrán circular y estacionar vehículos con ciertas etiquetas medioambientales. Los vehículos que cuenten con la etiqueta 0 Emisiones o ECO podrán circular sin restricciones y aparcar en el Servicio de Estacionamiento Regulado (SER). No obstante, los vehículos con etiqueta C o B solo podrán acceder para estacionar en aparcamientos públicos, garajes privados o reservas de estacionamiento no dotacionales.

¿Cómo sé dónde empieza Madrid Central?

Para facilitar la identificación de la zona, se han instalado señales en las calles que indican la , donde aparece el logo correspondiente. Además, en el suelo se han pintado dos líneas rojas que delimitan claramente el perímetro de la zona. Durante los meses de diciembre y enero, los agentes de movilidad y la policía municipal realizarán controles para informar sobre la medida, sin imponer sanciones en esta etapa. Sin embargo, a partir de la entrada en vigor oficial, las infracciones comenzarán a ser notificadas.

¿Qué calles quedan excluidas de las restricciones?

Aunque la mayor parte del distrito Centro está incluido en Madrid Central, existen algunas calles en las que la circulación sigue siendo libre. Estas son principalmente aquellas con características específicas que permiten el paso sin restricciones. Entre las principales calles excluidas se encuentran: la calle Santa Cruz de Marcenado (entre la calle Serrano Jover y la calle Mártires de Alcalá), la avenida Gran Vía de San Francisco, la calle Bailén, la calle Algeciras, la cuesta Ramón, la calle Ventura Rodríguez y la calle Duque de Liria.

¿Qué vehículos pueden acceder a Madrid Central?

La regla principal es que los vehículos con etiquetas 0 Emisiones y ECO tienen acceso completo a Madrid Central sin limitación alguna. Estos vehículos pueden circular libremente por la zona, estacionar en el SER y aparcar sin restricciones, dependiendo de su etiqueta. Sin embargo, los vehículos con etiqueta C o B solo pueden acceder para estacionar en un aparcamiento, garaje privado o en espacios reservados y no pueden atravesar el área de Madrid Central.

Es importante tener en cuenta que los vehículos sin distintivo ambiental no podrán acceder a la zona bajo ninguna circunstancia. Además, a partir del 24 de abril, será obligatorio contar con la etiqueta visible para poder circular por la zona.

¿Las motos también tienen acceso restringido?

Sí, las motos también están sujetas a las restricciones de Madrid Central. Las motos que no cuenten con distintivo ambiental 0, ECO, B o C no podrán acceder a la zona. No obstante, las motos con las etiquetas B y C podrán entrar y estacionar en la vía pública, pero con un horario restringido: de 7:00 a 22:00 horas.

¿Puedo ir a Madrid Central en coche?

Claro, siempre que tu vehículo cuente con la etiqueta ambiental correspondiente. En el caso de los vehículos con etiquetas 0 Emisiones o ECO, podrán circular y aparcar sin limitación alguna en la zona. Por otro lado, aquellos con etiquetas C o B podrán acceder solo para estacionar en aparcamientos subterráneos. Si tienes alguna duda sobre las zonas de aparcamiento disponibles, puedes consultar el mapa de Madrid Central para ver los lugares habilitados.

¿Puedo acceder a Madrid Central si voy a visitar a un amigo?

Los residentes de Madrid Central podían invitar a hasta 20 vehículos al mes a circular por la zona, sin importar su distintivo ambiental. Sin embargo, esta posibilidad quedará restringida y solo podrán acceder los vehículos con etiqueta ambiental, siguiendo las normativas establecidas.

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¿Cuándo entra en vigor Madrid Central?

Madrid Central entró en vigor el 30 de noviembre de 2018, pero la aplicación de sanciones no se hizo efectiva hasta marzo de 2019. Durante los primeros meses de funcionamiento, los agentes informaron sobre la medida, sin imponer multas. Las sanciones comenzaron a partir de abril, con una multa de 90 euros para los infractores. Además, a partir del 24 de abril, se hizo obligatorio que los vehículos lleven la etiqueta ambiental visible para poder acceder a la zona.

¿A cuánto ascienden las multas?

Las sanciones por infringir las normativas de Madrid Central son las mismas que las impuestas en las Áreas de Prioridad Residencial previas a la creación de la zona. Si un vehículo circula sin la etiqueta ambiental correspondiente, se enfrenta a una multa de 90 euros. No obstante, existe un descuento del 50% si la multa se paga dentro de los 20 días naturales siguientes a la notificación.

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